La
Alianza Cristiana de Cuba realizo en el capitalino municipio de 10 de
octubre el segundo taller sobre la Ley de Cultos y Asociación en la
Iglesia apostólica Bet-Tel Shalom, los días 21 y 22 del presente
mes de septiembre. Con el texto bíblico cita en JUAN 8:32, Conocerás
la Verdad y la Verdad os hará Libre.
Las
ponencias en dicho taller, estuvieron a cargo del Ap. Carlos Montoya
y el Rev. Manuel A. Morejón quienes desarrollaron una significativa
propuesta de lo importante que es para los distintos movimientos
cristianos independientes, contar con una Ley de Cultos que los
legalice al igual que otras religiones existentes en el país.
El
Rev. Morejón comenzó el taller explicando sobre las obras
misioneras que realizaron los profetas y los cumplimientos de cada
profecía, los cuales tenían como objetivo emitir juicio hacia los
mandatarios, reyes, líderes religiosos y a la indiferencia del
pueblo a lo mal hecho. También se analizó brevemente el artículo
18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El
profeta Isaías fue
un firme opositor a la política de la alianza de los reyes de Judá
con los imperios y llamo a confiar en la alianza con Yahveh.
A
continuación el Ap. Carlos Montoya dio una vasta definición en que
consiste la ley de cultos y los beneficios que aporta de manera legal
a las distintas asociaciones religiosas independientes, las cuales no
funcionan legalmente y se encuentran sin amparo jurídico. Entre
otros beneficios que se procura a través de la ley de cultos, es que
da el derecho que se establezcan escuelas no laicas, sino religiosas
con el fin de librar a los niños cristianos de un adoctrinamiento
con enseñanzas políticas.
¿Qué
es El Proyecto de ley de Cultos y Asociaciones Religiosas?
El
Proyecto de Ley de Cultos y Asociaciones Religiosas surge como una
necesidad para el pueblo de Cuba puesta en el corazón de pastores y
siervos de diferentes confesiones religiosas que funcionan de forma
legal y otras sin amparo jurídico, ya que en la Republica de Cuba en
materia de libertad religiosa no existe ninguna Ley al efecto.
Los
motivos que dieron origen a este proyecto fueron las restricciones en
materia de libertad religiosa y la posibilidad de solicitar, a través
de propuestas, cambios en las leyes que garanticen y respeten una Ley
de separación de las instituciones religiosas del Estado y la
promulgación en forma de una Ley de Cultos y Asociaciones Religiosas
donde se establezcan las disposiciones siguientes.
1-El
derecho a la libertad de conciencia y de culto religioso.
2-El
derecho a la libertad de organización de las distintas confesiones.
3-El
derecho al no reconocimiento de una sola religión oficial.
4-El
derecho a la igualdad jurídica.
5-El
derecho a la libertad de manifestación de las confesiones religiosas
en el ámbito público.
6-El
derecho a la libertad de la enseñanza religiosa.
7-El
derecho a la colaboración y cooperación: Estado_Iglesia_Sociedad.
8-El
derecho a la propiedad.
9-El
derecho religioso en los centros penitenciarios.
Dicho
evento finalizo con las palabras del apóstol Carlos Montoya líder
de la Iglesia que declaró: Si predicar fielmente la Palabra del
Señor es oposición. Orgullosamente yo soy el primero de los
opositores.
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